Derecho de Réplica y Rectificación de Información
Compromiso con la veracidad y el debido proceso: NotarialMX reconoce el derecho de réplica consagrado en el Artículo 6.º Constitucional y la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica, poniendo a disposición de todo notario o persona aludida este canal formal e inmediato.
1. ¿Quién puede solicitar una aclaración o réplica?
- Notarios Públicos Titulares o Suplentes: que detecten imprecisiones en sus datos de contacto, adscripción distrital, estatus operativo o que deseen aportar documentación oficial probatoria.
- Colegios de Notarios y Autoridades Estatales: que deseen proporcionar padrones actualizados, acuerdos del Periódico Oficial o resoluciones definitivas.
- Ciudadanos: que reporten números telefónicos fuera de servicio o cambios en la sede de una notaría.
2. Procedimiento para Solicitar Rectificación
Para garantizar la seriedad y respaldo documental, la solicitud debe enviarse al correo [email protected] con el asunto [DERECHO DE RÉPLICA / RECTIFICACIÓN] Notaría X - Estado, incluyendo:
- Nombre completo del promovente y acreditación de interés (patente, nombramiento o constancia oficial).
- URL exacta de la ficha o notaría en
notarial.mxdonde se solicita la corrección o aclaración. - Detalle concreto de los hechos o datos inexactos y la versión rectificada que se solicita asentar.
- Documento de sustento oficial (e.g., publicación en el Periódico Oficial, oficio de la Dirección del Notariado).
3. Plazos de Atención Editorial
El equipo editorial de NotarialMX acusará de recibido dentro de las 48 horas hábiles siguientes y procederá a la actualización inmediata de la ficha o inserción de la réplica aclaratoria en un plazo máximo de 5 días hábiles.